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viernes, 26 junio, 2026
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La Justicia sobreseyó a la empresaria que atropelló y mató a un turista brasileño en Año Nuevo de 2025

La actriz y empresaria gastronómica Patricia Ana Scheuer, de 72 años, fue sobreseída un año y medio después del accidente que causó la muerte de un turista brasileño y heridas graves a su pareja. El juez Martín Peluso consideró que la conducta no fue voluntaria debido a un episodio de inconciencia.

La actriz y empresaria gastronómica Patricia Ana Scheuer, detenida en las primeras horas del 1 de enero de 2025 por atropellar y matar a un turista brasileño y herir gravemente a su pareja en la esquina de la avenida Del Libertador y Alvear, fue sobreseída por la Justicia un año y medio después del hecho.

La decisión fue tomada por el magistrado Martín Peluso, titular del Juzgado N°9, en una investigación llevada adelante por el secretario Diego Villanueva. La fiscal del caso, Paula Asaro, no recurrió la decisión en el expediente por el delito de homicidio culposo, que fue apelada por las querellas que representan al hijo de Gabriel Amorim, la víctima, y a la pareja del hombre fallecido.

Peluso sobreseyó a Scheuer por “estimarse que al momento del hecho, cursó un episodio de estado de inconciencia, que excluyó toda conducta voluntaria”. Durante el expediente, Scheuer había asegurado que sufrió un blackout y que padecía “epilepsia focal de causa estructural”, según un diagnóstico de la clínica FLENI.

La pericia inicial al iPhone 14 de Scheuer indicó que al momento del accidente (10:43 del 1 de enero de 2025) recibió y leyó un mensaje de WhatsApp. Sin embargo, un segundo análisis oficial de la Policía de la Ciudad, entregado en agosto de 2025, contradijo esa conclusión y determinó que el celular “se encontraba en reposo (pantalla apagada y bloqueado)” y que los mensajes no fueron visualizados.

El Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, convocado por el juez, entregó un informe el 10 de abril de 2025. Los peritos concluyeron: “No es posible descartar que Scheuer haya tenido una crisis focal con pérdida de conciencia al momento del hecho investigado”. Peluso afirmó que “todas las intervenciones tendieron a reforzar el eje central del descargo: que el siniestro no obedeció a negligencia en la conducción, sino a un evento de salud súbito e imprevisible”.

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