El Gobierno oficializó los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) mediante la Resolución 4/2026. La actualización rige desde el 1 de septiembre y contempla aumentos mensuales hasta abril de 2027 para trabajadores de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional.
El Gobierno oficializó los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a través de la Resolución 4/2026. La actualización rige desde el 1 de septiembre y contempla aumentos mensuales hasta abril de 2027 para trabajadores de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional.
Salario mínimo en septiembre de 2026
Para el mes de septiembre de 2026, el Salario Mínimo, Vital y Móvil quedó fijado en $383.800 para los trabajadores mensualizados. Para los trabajadores jornalizados, el valor de la hora de trabajo para el noveno mes del año pasó a ser de $1.919.
Cronograma de aumentos hasta abril de 2027
El cronograma de actualizaciones mensuales fijado por el Poder Ejecutivo determina una serie de subas progresivas para el cierre de 2026 y el primer cuatrimestre de 2027:
- Septiembre de 2026: $383.800 mensuales / $1.919 por hora
- Octubre de 2026: $391.200 mensuales / $1.956 por hora
- Noviembre de 2026: $398.800 mensuales / $1.994 por hora
- Diciembre de 2026: $406.400 mensuales / $2.032 por hora
- Enero de 2027: $414.200 mensuales / $2.071 por hora
- Febrero de 2027: $422.000 mensuales / $2.110 por hora
- Marzo de 2027: $429.600 mensuales / $2.148 por hora
- Abril de 2027: $437.000 mensuales / $2.185 por hora
La medida se definió por resolución luego de que las negociaciones entre representantes sindicales y empresarios no alcanzaran un acuerdo. El piso salarial pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril de 2027.
El nuevo haber mínimo también fija las pautas para la prestación por desempleo, la cual equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración de los últimos seis meses. La norma establece un piso equivalente al 50% del salario mínimo vigente y un techo del 100% de ese mismo monto.
