Habitantes de la zona de calles 8 y 161, en Berisso, denunciaron el 26 de agosto música, gritos y actividad en la vía pública hasta las cuatro de la madrugada alrededor del Auditorio Altar, y afirmaron que los controles municipales solo logran reducciones temporales del volumen.
Buenos Aires, 28 de agosto (NA). Vecinos de la zona de calles 8 y 161, en Berisso, denunciaron el 26 de agosto música, gritos y actividad en la vía pública hasta las cuatro de la madrugada alrededor del Auditorio Altar, y aseguraron que los controles municipales solo consiguen reducciones momentáneas del volumen.
Los testimonios describen llamados reiterados al Centro de Operaciones y Monitoreo (COM), Control Urbano y otras áreas sin una respuesta definitiva. Según informó la Agencia Noticias Argentinas, uno de los habitantes afirmó que el auditorio se instaló en el sector hace aproximadamente tres meses y que, durante la semana, la música puede extenderse desde las 18 hasta las 23.30. De acuerdo con su relato, los agentes llegan después de los avisos, el sonido baja mientras permanecen en el lugar y vuelve a subir cuando se retiran. Otra vecina sostuvo que en algunas jornadas los gritos y la música continuaron hasta las cuatro.
Los frentistas también denunciaron venta de comida, parrillas en el exterior, vehículos frente a garajes, disturbios y una presunta conexión eléctrica irregular. Ninguna de esas afirmaciones equivale por sí misma a una infracción acreditada: para establecer responsabilidades se requieren inspecciones, mediciones, actas y, según el caso, intervención de la distribuidora eléctrica o de la Justicia.
Uno de los señalamientos se refiere al modo de recibir los reclamos. Los vecinos dijeron que personal de Control Urbano habría mostrado en el establecimiento mensajes enviados de manera anónima, situación que —según ellos— expone a quienes denuncian y desalienta nuevas comunicaciones. También afirmaron haber llamado al 911 y a Seguridad Vial. Al momento de hacerse público el caso, sostuvieron que no habían obtenido una contestación municipal clara.
El conflicto debe analizarse sin estigmatizar la religión ni presumir una infracción por la sola existencia de un templo. La libertad de culto y reunión está protegida, pero convive con las normas generales sobre ruidos, habilitación, seguridad, uso del espacio público y descanso de terceros.
El eje institucional no es la fe de los asistentes, sino si la gestión de Cagliardi aplica controles objetivos, protege la identidad de los reclamantes y documenta el resultado de cada intervención.
El Auditorio Altar ya había tenido controversias en una sede anterior de la calle 153 entre 9 y 10. Allí, en 2025, se labraron actas municipales por ruidos y actuó la Justicia de Faltas. Integrantes de la congregación rechazaron posteriormente lo que consideraron clausuras infundadas y sostuvieron que sus permisos habían sido tramitados.
Esos antecedentes no prueban que la nueva sede incumpla normas, pero obligan al Municipio a evitar tanto la inacción como decisiones arbitrarias.
La administración local difundió el 10 de agosto una jornada de participación ciudadana encabezada por Cagliardi y el secretario de Seguridad, Gabriel Marotte, en la que destacó herramientas de prevención, respuesta ante emergencias y vínculo directo con los barrios.
Dieciséis días después, los testimonios de 8 y 161 expusieron una brecha entre ese discurso de cercanía y la experiencia que describen quienes dicen llamar sin conseguir una solución duradera.
No se conocía al 26 de agosto una medición oficial de decibeles, un acta reciente de inspección, una clausura vigente ni una respuesta pública del auditorio a estas denuncias puntuales. Tampoco estaba acreditada la conexión eléctrica irregular mencionada por los vecinos.
El dato actual y verificable es la existencia de reclamos identificables y reiterados sobre la actuación municipal. La respuesta de Cagliardi deberá traducirse en una inspección documentada y en la comunicación de sus resultados a las partes.
