La Acordada 4/2026 propone reformar el sistema de selección de jueces y fue remitida al Consejo de la Magistratura. Más de un tercio de los cargos de la Justicia Nacional y Federal estuvo vacante hasta hace semanas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación impulsó la Acordada 4/2026, que propone un nuevo Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados y fue remitida al Consejo de la Magistratura para su tratamiento. La iniciativa busca modificar el sistema de selección de jueces en la Justicia Nacional y Federal.
Hace apenas unas semanas, más de un tercio de los cargos de la Justicia Nacional y Federal se encontraba vacante y 203 ternas esperaban una decisión del Poder Ejecutivo, después de 27 meses sin que se remitiera al Senado un solo pliego de magistrados inferiores. En las últimas semanas esa situación comenzó a revertirse y cerca de 180 designaciones judiciales ya recibieron acuerdo.
La propuesta de la Corte Suprema advierte déficits estructurales en el sistema de selección y plantea reglas destinadas a fortalecer el mérito, la idoneidad, la transparencia y la imparcialidad, y a reducir los espacios de discrecionalidad. La propia Corte sostuvo que los principios centrales de la propuesta pueden constituir una referencia para los poderes judiciales provinciales.
El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Cpacf), el Colegio de Abogados de la Ciudad, Poder Ciudadano, Unidos por la Justicia, la Usina de Justicia, la Fundación Nuevas Generaciones y más de quince universidades del país expresaron su respaldo a la iniciativa. Juristas como Ricardo Gil Lavedra, Alberto Garay, Alejandro Carrió, Alberto García Lema y Martín Böhmer se manifestaron en el mismo sentido. Fores, institución dedicada desde hace casi cincuenta años al estudio y formulación de propuestas para mejorar el sistema de Justicia, también expresó su apoyo ante el Consejo de la Magistratura y presentó propuestas para perfeccionar la iniciativa.
El texto de la Acordada plantea que la selección de magistrados no es una cuestión corporativa ni un trámite administrativo, sino una cuestión republicana central. Agrega que de la calidad de los jueces depende buena parte de la calidad institucional de un país.
El Consejo de la Magistratura debe cumplir un rol técnico en la selección, según la propuesta. El diseño constitucional prevé una intervención política posterior: el Poder Ejecutivo elige un candidato dentro de la terna y el Senado presta o rechaza el acuerdo. La iniciativa sostiene que, precisamente porque esas instancias políticas existen, el Consejo debe preservar la naturaleza técnica de su intervención.
La Acordada también plantea una pregunta sobre las condiciones que deberían reunir quienes integran el Consejo de la Magistratura. Señala que la representación de un estamento otorga legitimidad para integrar el Consejo, pero no garantiza idoneidad para seleccionar magistrados. Seleccionar jueces exige conocimiento del funcionamiento de la Justicia, experiencia profesional relevante, independencia de criterio y conducta ética, según el texto.
Respecto del concepto de mérito e idoneidad judicial, la iniciativa propone otorgar más peso al desempeño real de quienes ya integran el Poder Judicial. Una parte significativa de los postulantes proviene del propio sistema: jueces, secretarios y funcionarios. En esos casos existe información objetiva sobre estadísticas de gestión, niveles de mora, cumplimiento de plazos, volumen y complejidad de trabajo, confirmaciones y revocaciones de resoluciones, nulidades, funcionamiento de las oficinas, antecedentes disciplinarios y capacidad de gestión.
La reforma también procura reducir espacios de discrecionalidad en los concursos. La Acordada 4/2026 identifica el problema de la entrevista personal y propone limitar su incidencia, establecer pautas tasadas y evitar que pueda modificar sustancialmente el resultado técnico del concurso. El mismo principio debe regir la conformación de las ternas y el uso de listas complementarias.
La cobertura de vacantes de los últimos meses es mencionada en la iniciativa. Durante 27 meses, el Poder Ejecutivo no remitió al Senado pliegos para cubrir cargos de jueces inferiores. Luego, por una decisión política, el procedimiento volvió a activarse y una cantidad significativa de vacantes comenzó a cubrirse. El texto señala que una demora prolongada en la cobertura de vacantes afecta el funcionamiento del servicio de justicia.
La propuesta incluye concursos anticipados para reducir demoras, mejorar la planificación y disponer de candidatos evaluados antes de que las vacantes se conviertan en una emergencia institucional. También plantea avanzar hacia una transparencia activa: legajos digitales auditables, publicidad accesible de antecedentes, criterios de evaluación previamente conocidos, trazabilidad de las decisiones, evaluaciones orales públicas y mecanismos de control de cada etapa del concurso.
El texto sostiene que la independencia judicial debe estar presente desde el procedimiento de selección, con reglas estrictas sobre conflictos de interés, recusaciones, excusaciones y vínculos entre evaluadores y postulantes.
La iniciativa concluye que cubrir las vacantes es indispensable, pero no suficiente, y que la calidad de la Justicia de las próximas décadas dependerá de la calidad de las decisiones que se tomen hoy para elegir a quienes deberán impartirla.
El autor del texto es abogado, magíster en Derecho Penal, exsecretario general del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal y exjefe de Gabinete del Ministerio de Justicia (2017-2019).
