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martes, 22 septiembre, 2026
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El juez Cormick intimó al Gobierno a cumplir la cautelar por financiamiento universitario en cinco días

El juez federal Martín Cormick dispuso que el Poder Ejecutivo cumpla en un plazo perentorio de cinco días la medida cautelar dictada en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) por la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria. Si no lo hace, podrá aplicar multas diarias.

El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, intimó al Poder Ejecutivo a cumplir en un plazo perentorio de cinco días la medida cautelar dictada en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) por la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.

La resolución, incorporada al expediente 39.475/2025, tuvo en cuenta una presentación realizada el 21 de septiembre por el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación. Luego de revisar esa respuesta, Cormick concluyó que «no existe cumplimiento total» de la cautelar.

El magistrado dispuso que el Estado dé «efectivo cumplimiento» dentro del plazo fijado. Si la demora continúa, advirtió, podrá aplicar astreintes por cada día de incumplimiento. Se trata de multas económicas destinadas a forzar el acatamiento de una decisión judicial. La resolución todavía no establece su monto ni las impone: deja formulado el apercibimiento.

La disputa gira alrededor de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. El Congreso la sancionó en agosto de 2025 e insistió con mayorías de dos tercios después del veto presidencial. El Ejecutivo la promulgó mediante el decreto 759/2025, pero suspendió su aplicación hasta que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas al presupuesto.

El CIN y las universidades acudieron entonces a la Justicia. En diciembre de 2025, Cormick ordenó cautelarmente aplicar los artículos 5° y 6° de la norma. Esos puntos contemplan la actualización de los salarios docentes y no docentes según la inflación, la convocatoria periódica a paritarias y la recomposición de programas de becas como Progresar y Manuel Belgrano.

La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida. En junio, la Corte Suprema rechazó el recurso del Gobierno porque estaba dirigido contra una cautelar y no contra una sentencia definitiva. Así, la obligación quedó vigente mientras continúa la discusión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.

Antes, el juez ya había rechazado otro pedido oficial para levantar la cautelar y exigido un informe documentado. La nueva resolución avanza un paso más: considera insuficiente lo informado por el Ejecutivo y reclama resultados concretos. Si transcurren los cinco días sin cumplimiento total, el Gobierno quedará expuesto a una sanción diaria.

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