El decreto 467/2026 eliminó el plazo de 15 días para que ciudadanos y organizaciones presenten observaciones sobre candidatos a cargos judiciales.
El gobierno nacional, mediante el decreto 467/2026, derogó los decretos que establecían instancias de participación ciudadana previa a la designación de jueces, fiscales, defensores y ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La medida eliminó el plazo de 15 días durante el cual ciudadanos, universidades, colegios profesionales y organizaciones de la sociedad civil podían formular observaciones o impugnaciones sobre los candidatos antes de que el Poder Ejecutivo elevara los pliegos al Senado de la Nación.
También se dejó sin efecto la posibilidad de que el Ministerio de Justicia solicitara opiniones especializadas. El Gobierno sostiene que la participación ciudadana subsiste cuando los pliegos llegan a la Cámara alta. Sin embargo, en esa instancia el postulante ya cuenta con el respaldo político del Poder Ejecutivo.
Paralelamente, se derogaron artículos que establecían criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional para ocupar esos cargos.
Pablo Secchi, director ejecutivo de Poder Ciudadano, afirmó: “La participación ciudadana no es un complemento de la democracia: es parte constitutiva de ella. Y, en democracia, a nadie hay que pedirle permiso para ejercerla”.
