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viernes, 17 abril, 2026
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El Gobierno autorizó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales mediante peajes

A través de un decreto, el Poder Ejecutivo habilitó a nueve jurisdicciones provinciales a gestionar, mediante el sistema de peaje, segmentos de la red vial nacional que atraviesan sus territorios, manteniendo el Estado nacional la titularidad y jurisdicción.

Mediante el Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó a nueve provincias a concesionar, a través del sistema de obra pública por peaje, tramos de rutas nacionales situados en sus respectivos territorios. El Estado nacional mantendrá la titularidad del dominio y la jurisdicción federal sobre esos caminos.

La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, establece que las provincias alcanzadas son: Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén.

La delegación de facultades se define como «funcional, limitada, temporal y revocable» y, según el texto, «no implica la cesión del dominio público ni la transferencia de la jurisdicción federal» sobre los tramos viales involucrados.

En los considerandos del decreto se explica que varias jurisdicciones provinciales solicitaron al Estado nacional contar con herramientas para gestionar rutas que atraviesan sus territorios, con el objetivo de asumir «la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento».

La normativa establece condiciones específicas para el proceso:

  • Los fondos obtenidos por la explotación de los peajes no podrán destinarse a la construcción o conservación de otros tramos u obras ajenas a la concesión otorgada.
  • Los tramos delegados no podrán ser licitados conjuntamente en un mismo corredor vial con rutas de otras jurisdicciones.
  • Si las provincias no convocan la licitación dentro del plazo de un año desde la aprobación del convenio, la delegación queda sin efecto.
  • Si el contrato de concesión se extingue por cualquier razón, el Estado nacional retomará la gestión del tramo correspondiente.

El decreto se fundamenta en la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras y servicios públicos; en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional; y en la Ley 27.742, que impulsa la reorganización administrativa del Estado y una mayor descentralización de funciones.

Finalmente, la resolución indica que las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad, donde se detallen los tramos a concesionar, el plazo de delegación y el régimen de supervisión y auditoría. Dichos acuerdos requerirán el visto bueno de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, y las concesiones resultantes no podrán exceder los 30 años de duración.

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