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jueves, 4 septiembre, 2025
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Buenos Aires y San Juan fueron declaradas en emergencia agropecuaria por el Ministerio de Economía

Desde el Ministerio de Economía, bajo la firma de Luis Caputo, se decretó el estado de emergencia y/o alerta agropecuaria en algunas regiones de las provincias de Buenos Aires y San Juan. Esto se produce a raíz de lo que sufrieron por diferentes eventos climáticos como inundaciones y granizos que perjudicaron las producciones en esas zonas.

La medida se oficializó al ser anunciada a través del Boletín Oficial, en la Resolución 1305/2025 y la Resolución 1306/2025, ya que para cada provincia se dictaminó un tratamiento similar, pero con dos periodos diferentes.

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Con la 1305/2025, se decidió tratar el caso de Buenos Aires, en donde la medida se extiende desde el 1° de marzo hasta el 31 de agosto de este 2025. Debido a las inundaciones que afectaron a las explotaciones rurales en las circunscripciones de Púan, Tornquist, Nueve de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez.

En lo que respecta a San Juan, fue tratado en la resolución 1306/2025, el alcance es desde el 1° de abril del 2025 hasta el 31 de marzo del 2026.

En este periodo se contemplan a las producciones frutihortícolas perjudicadas por el granizo y Peronóspora (considerada de una de las enfermedad más destructiva para la vid a nivel mundial, según el INTA). Los departamentos comprendidos son Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal.

Qué deben hacer los productores

En ambas resoluciones se detalla que los productores alcanzados deberán presentar certificados extendidos por las autoridades provinciales correspondientes para poder acceder a los beneficios previstos en la ley 26.509 y sus modificatorias.

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Por su parte, los gobiernos provinciales remitirán los listados de productores afectados, junto con copias de los certificados de emergencia, a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

Por último, la normativa dispone además que las entidades bancarias nacionales y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar el acceso a los beneficios por la ley.

GZ / lr

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