El gobierno de Javier Milei, y a travs del Decreto 149/2025 que se public este mircoles en el Boletn Oficial, dispuso que las empresas ya no estarn obligadas a realizar aportes econmicos a las cmaras empresariales.
La medida la impuls el ministro de Desregulacin y Transformacin del Estado, Federico Sturzenegger.
Las cmaras empresariales se basaban en una «interpretacin exagerada» de la Ley 14.250, sancionada en 1953 y reformada en 2004, sobre el alcance de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) para instrumentar el cobro de aportes o contribuciones obligatorias a las compaas de la actividad, estn o no asociadas a esas entidades.
El decreto aclara que esta prctica no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cmaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras.
Qu ms dice el decreto
En el Decreto 149/2025, seala en el primer artculo que «las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrn imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga econmica en beneficio de las cmaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos ltimos».
Adems se resolvi que de ahora en ms aquellos negocios o empresas que en forma voluntaria quieran seguir aportando a sus respectivas cmaras, podrn hacerlo, pero quedar sin efecto la obligatoriedad.
Asimismo, el Gobierno anticip que no homologar negociaciones colectivas en las que se obligue a las compaas a mantener estos aportes o contribuciones, ya que hasta ahora se haca una interpretacin incorrecta de la ley que regula estos convenios.
Segn el Ejecutivo, esta reinterpretacin busca alinearse con el principio de libertad de asociacin, al entender que las cmaras solo representan a sus afiliados y no pueden extender su poder de recaudacin a empresas que eligen no formar parte de ellas.
Cmo afecta esta medida a las cmaras empresariales
Uno de los ejemplos ms claros de este tipo de contribuciones obligatorias es el aporte al Instituto Argentino de Capacitacin para el Comercio (INACAP), contemplado en el convenio colectivo de comercio, el sector con mayor cantidad de trabajadores registrados en el pas.
El INACAP es financiado por un aporte mensual obligatorio de los empleadores, equivalente al 0,50% del salario inicial de un trabajador encuadrado en la categora Maestranza «A».
En marzo, este aporte asciende a $4.725,02 por cada empleado y se ajusta automticamente cada vez que se actualiza la paritaria de comercio.
El monto lo paga el empleador y no se descuenta del sueldo del trabajador.
En ese marco, la Cmara de Comercio (CAC) y la Cmara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) son las dos entidades que recaudan esos aportes, por ejemplo.
Falta de transparencia
Una de las principales crticas al esquema vigente es la falta de transparencia en la administracin de esos fondos, y segn el Gobierno no existe una rendicin de cuentas pblica que permita conocer en detalle el destino de esos fondos o la efectividad de los programas de capacitacin financiados.
Algunas cmaras argumentaban que los fondos se utilizaban para financiar actividades de capacitacin o representacin sectorial, pero las empresas no afiliadas cuestionaban por qu deban solventar servicios de una organizacin a la que no eligieron adherir.