En el marco de la pelea con el presidente Javier Milei, la UBA pidió a la justicia del fuero contencioso en lo administrativo federal que declare la inconstitucionalidad de un artículo de la reglamentación de la ley de Administración Financiera y los Sistemas de Control del sector público nacional.
Apenas se conoció la jugada de la UBA, el titular de la SIGEN, Miguel Blanco, ordenó a su equipo preparar una contra cautelar para que se les permita iniciar los controles abriendo una batalla judicial larga y de final incierto, informaron a Clarín fuentes gubernamentales.
En un escrito de 64 páginas al que tuvo acceso Clarín, la casa de altos estudios también solicitó una medida cautelar para impedir la SIGEN, que depende del gobierno, comience a auditarla, mientras reivindica ese rol para la Auditoría General de la Nación (AGN) que depende del Congreso y pide una acción declarativa de certeza.
El escrito está firmado por Ricardo Gelpi en su carácter de rector de la UBA con el patrocinio letrado de Sergio Pascale y así comienza esta batalla judicial por quién debe ser el auditor externo de la UBA, luego de que Milei vetó la ley de financiamiento universitario. Pascale recusó a la jueza de ese fuero, Rita Ailan, y ahora se espera que se sortee a otro juez.
Paradójicamente, la UBA no solo denuncia a nombras de Milei sino a la reglamentación de la ley de Administración Financiera que hizo el ex presidente Néstor Kirchner en el 2007 en la que autorizó a la SIGEN a auditar a las universidades públicas. El kirchnerismo es una de las fuerzas que más se oponen a estos controles.
El debate jurídico no es solo sobre quien debe ser el auditor externo (la SIGEN y la AGN o las dos a la vez), sino sobre si las universidades son autónomas como se las reconoce desde la Reforma Universitaria de 1918 y la reforma de la Constitución de 1994, sino también autárticas en la medida que reciben fondos del Tesoro Nacional.
El ex titular de la AGN, ex constituyente e histórico dirigente de la UCR, Jesús Rodríguez, había dicho a Clarín «no me vengan con que la autonomía universitaria bloquea los controles externos porque yo, como convencional constituyente en 1994, propuse la inclusión de ese status en la Constitución y no tiene ese alcance”. Seguro, Rodríguez -adversario del vicerector de la UBA, Emiliano Yacobitti, en la interna radical- será un testigo clave en este juicio.
Además, la UBA hizo reserva de caso federal para ir eventualmente hasta la Corte en defensa del “principio de división de poderes y la autonomía y autarquía de la Universidad de Buenos Aires, consagradas en el art. 75 inc.19 de la Carta Magna”.
La UBA solicita al juez el que le caiga la causa por sorteo que “decrete una medida cautelar a fin de que el PEN y la SIGEN se abstengan de realizar cualquier tipo de acción vinculada con intervenciones a esta Universidad, bajo el nombre de auditorías y/o cualquier otra denominación que implique el control interno, particularmente considerando que decidió unilateralmente la realización de una auditoría a partir del próximo 28 de octubre, careciendo de competencia para ello”.
Asimismo, pidió se “ajuste la conducta al respeto irrestricto de la normativa aplicable en esta Universidad (Resoluciones (CS) Nº 8237/13 y 1920/18) y también a la interpretación pacífica de la Corte Suprema de Justicia, de la Procuración del Tesoro de la Nación hasta el dictamen que luce en IF-2024-112489009- APN-PTN y de la reflejada en los actos de la propia SIGEN al menos desde el año 2013”.
Así la UBA reivindica el dictamen del ex procurador K Carlos Zannini que dispuso que solo la AGN podía auditar a las universidades públicas que fue anulada la semana pasada por su sucesor Rodolfo Barra.
“Todo ello hasta tanto se dicte sentencia de fondo pasada en autoridad de cosa juzgada. Oportunamente, se haga lugar a la demanda promovida, en todas sus partes, en los términos y alcances precisados, y se declare la inconstitucionalidad del art. 8 del Decreto 64 Reglamentario 1344/07 y la incompetencia de la SIGEN para realizar el control interno, en el marco de la ley 24.156, de esta Universidad, con expresa imposición de costas”, agrega el escrito de la UBA.
En su escrito, la UBA sostiene “la incompetencia de la SIGEN para ejercer el control interno de esta Universidad por resultar contradictorios e incompatibles con las normas, principios y garantías de la Constitucional Nacional”.
La normativa “comporta una inexcusable violación del orden jurídico constitucional, vulnerando lo dispuesto por los artículos 75 inciso 19 y 99 inciso 2º de la Constitución Nacional (CN), la ley 24.521, la ley 24.156, así como los arts. 77, 83 y 98 del 4 Estatuto Universitario y las pautas contenidas en la Resolución (CS) Nº 8237/13, procurándose con esta acción la tutela jurisdiccional de los derechos de esta parte”.
A 30 años de haberse producido la reforma constitucional que “reconoció la autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales, no resulta comprensible como algunas escuelas de pensamiento siguen echando mano a construcciones de interpretación legal sesgadas por posicionamientos políticos, que al día de la fecha entendemos son discusiones superadas”, en alusión al pensamiento libertario de Milei.
La UBA recordó la nota del titular de la SIGEN, Miguel Blanco, en que informó que de acuerdo al dictamen de Barra “se llevará a cabo, a partir del 28 de octubre del corriente, una auditoría en la institución a su cargo, cuyo objeto central será evaluar la aplicación y rendición de fondos transferidos por la Subsecretaría de Políticas Universitarias y la ejecución de los convenios suscriptos por la Universidad de Buenos Aires con distintas reparticiones del PEN y la gestión que las áreas correspondientes desarrollan al respecto…”
Sin embargo, para la UBA “la SIGEN tiene competencia exclusiva y excluyente para ejercer el control interno, sólo en las jurisdicciones que componen el PEN y en los organismos descentralizados y empresas y sociedades del Estado que dependan del mismo”.
El escrito destacó que “las Universidades Nacionales no son organismos descentralizados dependientes del PEN. e) La autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales implican la independencia absoluta del PEN y de toda injerencia y/o intervención del poder político de turno, más no del Poder Legislativo y del estricto acatamiento a las leyes emanadas del Honorable Congreso de la Nación”.
Además, subrayó la UBA que el ex presidente Néstor Kirchner “se ha atribuido el rol de legislador asignando competencias a la SIGEN que la ley no le asigna lo que, se reitera, implica una violación al principio de división de poderes característico de una República. Es claro que la oportunidad del planteo de inconstitucionalidad del art. 8 del Decreto Reglamentario 1344/07 resulta tempestivo en tanto desde su dictado y hasta el presente no había existido caso o controversia que habilitara el mismo”.