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Caso Cuadernos: la Cámara Electoral indicó que no hay registros de que Ángelo Calcaterra haya realizado aportes a la campaña K

La Cámara Nacional Electoral (CNE) acaba de abrir dudas sobre un fallo que benefició a Ángelo Calcaterra, el empresario primo de Mauricio Macri, quien en el marco de la Causa Cuadernos había declarado como imputado colaborador, pero resaltando que sus pagos no correspondían a sobornos sino a aportes de campaña. En una resoución, la CNE sostuvo este martes que «no surge referencia o constancia alguna del supuesto aporte para la campaña que manifiestan haber hecho los imputados en la causa penal”.

La resolución salió ahora luego de que la Cámara de Casación sacara del caso de los Cuadernos de las Coimas a Calcaterra y Javier Sánchez caballero, empresarios de IECSA. Ellos sostenían que no habpian pagado coimas sino aportes para la campaña electoral del kirchnerismo en 2015. Pero la CNE dice que no existe ningún registro de esos movimientos y deja abierta la puerta para que se consideren pagos de coimas.

En el marco del control patrimonial de la última campaña electoral (esto es, para la elección presidencial y parlamentarios Mercosur por distrito nacional –PASO, General y segunda vuelta- del año 2015) la Cámara Nacional Electoral evaluó el caso puntual de Calcaterra y Javier Sánchez Caballero: recientemente la Cámara Federal de Casación dijo que los pagos verificados en el marco de la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas, no se trataron de sobornos sino de aportes de campaña.

Los abogados del primo de Mauricio Macri señalaron ante la Cámara de Casación Penal que desde un comienzo, cuando se presentó a declarar en el marco del expediente penal, sin estar aún imputado, Calcaterra “reconoció ciertas entregas de dinero, señalando expresamente su causa y destino”, en este sentido la defensa recalcó que los fondos implicados eran “aportes de campaña”.

Este martes, la Cámara Electoral emitió una nueva resolución -a la que accedió Clarín- donde que “más allá de las consideraciones que podrían hacerse sobre esa decisión”, en relación a lo dicho por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que decidió que el caso penal debía pasar de la justicia criminal a la justicia electoral, era “fundamental tener en cuenta” lo resuelto en el marco del expediente del control patrimonial del FPV.

El traspaso del caso al fuero electoral, explicó la CNE “aún no ocurrió y se encuentra cuestionado”, justamente por el análisis en curso que investigó la rendición de los aportes de campaña que el espacio político liderado por Cristina Kirchner en los períodos cuestionados, presentó. “Según lo dicho en el proceso penal, se habrían hecho aportes de campaña en forma subrepticia, en múltiples ocasiones y por montos millonarios”, según lo resuelto en Comodoro Py.

La Cámara ya había dictado una sentencia en 2018 desaprobando la rendición de cuentas de la alianza política, pero ordenó profundizar la investigación sobre la legalidad de los fondos recibidos y los gastos realizados.

En función de ese pedido es que ahora que el caso retornó para su revisión, sostuvo: “tras nueve años de investigación, no se ha hallado ningún elemento concreto que vincule las deficiencias en las rendiciones de cuentas del FPV 2015 con los desembolsos de Calcaterra y Sánchez Caballero”.

La sentencia del máximo tribunal electoral, firmada por unanimidad por los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via. El texto de la misma establece que las medidas adoptadas en el marco de las leyes que regulan el control patrimonial de las campañas “no permiten afirmar que los fondos que motivaron la imputación penal hayan sido utilizados en la campaña electoral en cuestión”.

Los años implicados, en el tramo en el que se investigó al ex dueño de IECSA, van desde 2013 a 2015, la confesión como arrepentido que brindó ante el fiscal federal Carlos Stornelli, decía que “terminó cediendo a las fuertes presiones del Lic. Baratta y le ordenó materializar aportes de dinero para las campañas electorales”.

Más específicamente se informó que entre 2013 y 2015 se hicieron pagos de campaña a través de dos compañías, ODS S.A. e IECSA S.A de las cuales eran accionistas Calcaterra y director Javier Sánchez Caballero. Esas entregadas de dinero se concretaron en el garaje del Hotel Hilton sito en Macacha Güemes 307. Al momento de especificar las fechas, se consignó que se hicieron los días 1° de octubre de 2013, 30 de junio de 2015, 13 de julio de 2015 y 4 de agosto de 2015.

Entre los argumentos que respaldan la conclusión que indica que los pagos con figuran registrados como aportes de campaña, se detallan las tareas del Cuerpo de Auditores Contadores (dependiente de la CNE) para evaluar los ingresos y gastos de campaña. “Se realizaron auditorías en las que se recabaron datos de diversas fuentes mediante diferentes técnicas, como monitoreos en Internet y redes sociales, auditorías de publicidad, y circularización a terceros, etc”, se explicó oficialmente desde la CNE. Con esa información, se cruzaron datos y documentos, para detectar movimientos de fondos que no coincidan con la rendición de cuentas.

En el caso, entre otras medidas, se solicitaron a la Cámara de Casación los elementos probatorios (testimoniales y documentales) en los que se basó para considerar como aportes de campaña los desembolsos de Calcaterra y Sánchez Caballero. Sin embargo, “esos elementos no fueron presentados”, se detalló.

Por otro lado, la Cámara también hizo referencia al criterio adoptado por la jueza del fuero en primera instancia, María Servini y el fiscal Ramiro González quienes, aseguraron que ante la “falta de elementos que sustenten la hipótesis de que los desembolsos fueran aportes para la campaña electoral”, la causa debía seguir vinculada a los Cuadernos de las Coimas..

Por ese motivo es que la resolución de la CNE, expresa que “una posible conexión entre el financiamiento de actividades partidarias y hechos investigados como delitos —basada en las afirmaciones de los imputados— no impide la prosecución del proceso penal”. Al respecto, se indicó que el trabajo del fuero electoral competencia en cuanto al control de las rendiciones de cuentas partidarias “no implica la privación de respuesta penal a delitos comunes asociados a irregularidades en las rendiciones presentadas”.

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