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El Gobierno publicó el decreto que marca la desregulación de las obras sociales y las prepagas

El Gobierno oficializó este miércoles la desregulación del sistema de obras sociales, medida con la que busca que los trabajadores puedan optar libremente por los servicios de las prestadoras que administran los sindicatos o las prepagas.

La medida quedó ratificada con la publicación del decreto 170/2024, que lleva la firma de Javier Milei, además de la del Jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y el ministro de Salud, Mario Antonio Russo. Según aclara el artículo 5°, “el decreto comenzará a regir el primer día del mes siguiente” al de su aparición en el Boletín Oficial.

“El derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9° del presente”, establece la modificación del artículo 1°.

El artículo 2°, en tanto, indica que “el mencionado derecho a la libre elección podrá ejercerse por el plazo y de acuerdo con el procedimiento que determine la Autoridad de Aplicación – en los términos del artículo 14 del presente – y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud”.

“El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma Entidad de Medicina Prepaga”, aclara ese apartado.

Las claves de la desregulación de las obras sociales y prepagas

Las siguientes son las principales claves e interrogantes sobre el funcionamiento del nuevo sistema:

¿Cuáles son los cambios principales que introduce la desregulación respecto al actual sistema?

Los trabajadores ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo. Podrán elegir una obra social o prepaga -que se registre para tal fin- desde el primer día del comienzo de un nuevo empleo y sin ningún tipo de intermediación. Además, se elimina la obligación de triangular los aportes con una obra social a los trabajadores que quieren contar con los servicios de una prepaga.

¿Cuántas veces por año se podrá realizar la opción entre una obra social y una prepaga?

Se podrá ejercer el derecho de libre elección una vez al año y en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral. Así se mantiene el actual sistema vigente que permite realizar la opción únicamente una vez por año.

¿Qué cambia para las obras sociales sindicales?

Con el nuevo sistema las obras sociales que administran los sindicatos estarán obligadas a competir en igualdad de condiciones con las prepagas por la afiliación de los trabajadores en relación de dependencia.

¿Qué cambiará para las prepagas?

Para poder competir en igualdad con las obras sociales, las empresas de medicina prepaga estarán obligadas a realizar un aporte al Fondo Solidario de Redistribución (FSR), que financia el funcionamiento del sistema solidario de salud, equivalente al 20% del total de las cuotas que reciben.

¿Qué pasará con el valor de las cuotas de las prepagas?

Desde las empresas prepagas alertan que las cuotas podrían incrementarse ya que -aseguran- no estar en condiciones de absorber ese costo adicional frente a las complicaciones que atraviesa el sistema.

¿Qué pasará con las obras sociales que actúan como intermediarias y triangulan aportes?

Al permitir la afiliación directa a una prepaga, lo más probable es que desaparezcan las obras sociales más chicas que tienen que triangulan aportes y por lo tanto retienen una «comisión» por su intermediación.

¿Podrá el Gobierno fijar topes a las cuotas que cobran las empresas prepagas?

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el organismo oficial que regula el funcionamiento del sistema, no tendrá ninguna competencia para fijar los valores de cuotas de los servicios.

ES

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